Archivo por meses: abril 2015

DRONE, RPAS, UAV…… ¿Qué es todo esto?

Hace ya varios meses que oímos y vemos en muchos medios hablar sobre estos aparatos voladores, pero por desgracia mucha gente sigue aun sin conocer sus limitaciones operativas e incluso sus limitaciones administrativas de cara a realizar una operación aérea segura.

La percepción nos hace intuir que cualquiera que compre un RPAS (Aeronave pilotada por control remoto), puede tras hacer unos cuantos vuelos de entrenamiento salir a volar y realizar cualquier tipo de trabajo aéreo (filmación, fotografía,…). Afortunadamente para el sector aéreo existen limitaciones sobre la formación de los pilotos y permisos administrativos que otorga la propia administración aeronáutica que regulan toda esta actividad.

El sector de las aeronaves pilotadas por control remoto ha evolucionado exponencialmente en nuestro país, de ahí que la Administración aeronáutica (AESA; Agencia Estatal de Seguridad Aérea) haya tenido que regular la operativa de los RPAS, la formación de los pilotos e incluso los permisos administrativos de las empresas certificadas como operadoras.

Primero de todo, veamos que es un RPAS y los tipos que existen:

RPAS: Remotely Piloted Aircraft System (Sistema de aeronave pilotada a distancia).

• Sistema complejo que debe de trabajar de forma coordinada.
• Incluye una aeronave, que como tal debe cumplir las reglas del aire.
• Esta permanentemente bajo el control de un piloto humano.
• El piloto no se encuentra a bordo de la aeronave, si no que la pilota a distancia, en una estación remota normalmente sobre un enlace radio.

TIPOS DE RPA

En el día a día vemos que los RPAS más comunes son los de tipo ala rotatoria y multirrotor. Sin embargo los de ala fija y ala rotatoria tipo helicóptero llevan volando entre nosotros desde hace muchos años en el sector del aeromodelismo.

Conocidos los tipos, detallemos como está la regulación de estas aeronaves:

La nueva normativa permite para una aeronave de hasta 25 Kg, grabar en exteriores, pero ha de hacerse:

1.- De día y en condiciones meteorológicas visuales.
2.- En zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre
3.- En espacio aéreo no controlado.
4.- Dentro del alcance visual del piloto, a una distancia no mayor de 500 m. y a una altura sobre el terreno no mayor de 400 pies (es decir, como máximo 120 m. sobre el terreno).

VLOS RPAS

Si queréis ampliar mas sobre la regulación operativa de las aeronaves RPAS, podéis acceder a este enlace y descargaros el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia y leer la Sección 6.ª Aeronaves civiles pilotadas por control remoto y sus artículos:

• Artículo 50. Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto.
• Artículo 51. Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.

Veamos ahora la parte de la regulación que aplica a los pilotos de estas aeronaves RPAS:

La formación de los pilotos se realiza a través de centros de formación denominados A.T.O (Approved Training Organisation o Centro de Formación Autorizado). Son centros de formación autorizados por AESA que previamente vienen realizado y lo siguen haciendo entrenamiento a pilotos de aeronaves civiles en diferentes categorías: Piloto Privado de Avión PPL(A), Piloto Comercial de Avión CPL(A) y Piloto de Transporte de Línea Aérea ATPL(A).

Estos centros formativos son autorizados por AESA tras superar un riguroso proceso administrativo de aprobación y su certificación esta siempre supeditada a los procesos continuos de auditoria que realiza sobre ellos la autoridad.

Volviendo a la formación de los pilotos, está se realiza de la siguiente manera y debe cumplir con lo siguiente:

Lo primero que un aspirante a piloto debe de realizar es superar un reconocimiento medico aeronáutico del tipo clase 2. Estas pruebas medicas se realizan en centros médicos aeronáuticos aprobados por AESA.

Podéis ver en el siguiente enlace los diferentes centros médicos y su alcance.

1.- Certificado Teórico: El aspirante a piloto deberá de cursar y superar un curso teórico (normalmente 60 horas lectivas presenciales). El contenido formativo del curso dispondrá de las siguientes material:

• Reglamentación/Conocimientos ATC.
• Conocimientos de la Aeronave.
• Performances de la Aeronave.
• Meteorología.
• Navegación de interpretación de mapas.
• Procedimientos operacionales.
• Comunicaciones avanzadas.
• Fraseología aeronáutica aplicable.

Excepciones: En el caso de pilotos de avión que hayan tenido en los últimos 5 años anteriores una licencia de piloto (cualquier licencia, incluyendo la de planeador, globo o ultraligero), la parte teórica del curso queda convalidada.

alumnos curso rpa flybai

2.- Parte Práctica: Contiene dos partes (Normalmente 20 horas)

• Fase practica de vuelo con RPAS y
• Fase de conocimientos técnicos de RPAS (Caracterización de la aeronave)

El alumno deberá de realizar y aprobar un curso teórico sobre la caracterización de la aeronave (manual de vuelo), así como realizar debidamente los siguientes ejercicios aéreos:

• Un despegue vertical seguido de un vuelo de 10 segundos en estacionario a la altura de los ojos del piloto.
• Una traslación en vuelo rápido y nivelado en forma de S hacia adelante con cambios de Rumbo.
• Una traslación en vuelo lento y nivelado en forma de S hacia adelante con cambios de Rumbo.
• Un vuelo lento de traslación nivelado hacia atrás.
• Un vuelo de traslación lateral a 10 m de altura a ambos lados.
• Un viraje de 360º a la derecha descendiendo hasta 5 m de altura.
• Un viraje de 360º a la izquierda descendiendo hasta 5 m de altura.
• Un circuito rectangular hacia adelante con aterrizaje vertical delante del piloto.
• Una S a ambos lados con 4 virajes a 10 m de altura.

alumnos rpa practicas

Existe la posibilidad de que un aspirante a piloto, no realice esta parte práctica del curso si:

1.- Dispone de un certificado de manejo del RPA emitido por el fabricante o,

2.- Dispone de experiencia demostrable en el manejo del RPA. En este caso, deberá realizar y superar un examen teórico técnico sobre la caracterización de la aeronave y una prueba de vuelo de los ejercicios arriba indicados.

Haz click en la imagen y visualiza un ejemplo de manual de caracterización de la aeronave modelo DJI Phanton 2.

caracterizacion rpa dji phanton 2

Una vez completamos nuestro curso teórico/técnico/practico de piloto de RPAS, podremos iniciar el último paso de cara a la certificación como operador ante la administración.

certificador operador aereo rpa aesa

Paso 1: Realizar 5 vuelos de ensayo:

Es necesario realizásemos y enviemos a AESA la documentación referente a estos 5 vuelos para poder aspirar a lograr la certificación como operador.

Documentación:

o Comunicación previa y declaración del responsable. (Apéndice A.2, art. 50.4).
o Caracterización aeronave. (Adjuntar)
o Estudio aeronáutico. (adjuntar)
o Documentación piloto/s. (adjuntar certificados ATO y reconocimiento médico compulsado).
o Seguro Aeronáutico. (adjuntar)
o Adoptar medidas actos interferencia ilícita.
o Adoptar medidas para garantizar la seguridad de la operación y para la protección de las personas y bienes subyacentes.
o Distancias mínimas y comunicación aeropuerto. (adjuntar)
o Descripción de los perfiles de los vuelos a realizar, conforme al apartado 6.c del artículo 50 de la Ley 18/2014 (adjuntar)

Pasó 2: Documentación para la certificación como operador aéreo.

o Comunicación previa y declaración del responsable. (Apéndice A.1, art. 50.3).
o Caracterización aeronave (adjuntar).
o Manual de operaciones (adjuntar).
o Estudio aeronáutico (adjuntar).
o Vuelos de prueba. (adjuntar 5 copias de formulario) – Acuse de recibo AESA
o Programa de mantenimiento (adjuntar).
o Documentación piloto/s. (adjuntar certificados ATO y reconocimiento médico compulsado).
o Seguro aeronáutico. (adjuntar)
o Adoptar medidas actos interferencia ilícita.
o Adoptar medidas para garantizar la seguridad de la operación y para la protección de las personas y bienes subyacentes. (adjuntar en manual de operaciones)
o Distancias mínimas y comunicación aeropuerto (adjuntar).