Rechazan el recurso de la Federación Mercantil a la ampliación de Garbera
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de San Sebastián ha desestimado el recurso interpuesto por la Federación Mercantil de Gipuzkoa contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento que aprobó el convenio para la ampliación del centro comercial Garbera.
El gobierno municipal donostiarra, integrado por PNV-PSE aprobó el 16 de febrero de 2016 el convenio sobre Garbera que, según explicaron entonces el alcalde, Eneko Goia, y el concejal de Comercio e Impulso Económico, Ernesto Gasco, prevé ampliar en 25.000 metros cuadrados su superficie actual y aumentar los aparcamientos en tres plantas, asà como el pago al Ayuntamiento de casi 10 millones de euros, dos de ellos destinados a adecuar los nuevos accesos.
Unos meses más tarde, el presidente de la Federación Mercantil, Iñaki MartÃnez, anunció la interposición de un recurso en una rueda de prensa en la que aseguró que esta ampliación era “ilegal” y suponÃa “un urbanismo a la carta” para los intereses de los promotores.
En su comparecencia, MartÃnez rechazó que los propietarios de los terrenos de Garbera, el consorcio Unibail Rodamco, hubiera firmado con el consistorio “la obtención de una licencia urbanÃstica” que les autorizaba “a construir el doble” a cambio “de una gratificación económica”.
En una sentencia hecha pública hoy, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián rechaza ahora las pretensiones de la Federación Mercantil ya que la “doctrina jurisprudencial que permite los convenios urbanÃsticos en el ámbito de las potestades administrativas es constante”.
La resolución considera además que el citado convenio “no condiciona la potestad de planeamiento” urbanÃstico del consistorio, al tiempo que recuerda que su validez queda condicionada “a la efectiva aprobación de la Modificación del Plan General de Reordenamiento Urbano (PGOU)”.
Asimismo, el documento judicial afirma además que la Junta de Gobierno local es competente para aprobarlo “precisamente” tanto por la “naturaleza jurÃdica” del convenio como por el hecho de que no supone “limitación a las potestades de planeamiento urbanÃstico”.
La sentencia recuerda también que “en los municipios de gran población, como es San Sebastián, la Junta de Gobierno Local es competente” para ello.
“En cuanto a la argumentación sobre la legalidad, transparencia y publicidad, cantidades comprometidas y concesión de licencias”, alegadas por la entidad recurrente -señala la resolución- “nos encontramos ante una argumentación que se efectúa sin la puntualización y prueba necesaria para amparar la estimación del recurso por estos motivos”.
La sentencia se pronuncia también sobre la supuesta falta de interés público del proyecto de ampliación alegado la Federación Mercantil y que, según el juzgado, queda recogido en los “antecedentes” del convenio, donde se apunta la “necesidad de posicionar a San Sebastián tras intervenciones (comerciales) en el resto del PaÃs Vasco y Baiona (Francia) de reciente o próxima inauguración que puedan afectar a las dinámicas y flujos comerciales de no realizarse” esta “actualización” urbanÃstica.
Por estos motivos, el juzgado desestima el recurso en su resolución, que podrá ser recurrida en apelación ante la Audiencia de Gipuzkoa.