En la última reunión del Parlamento Europeo, se han aprobado tres leyes referentes a las motocicletas que se irán poniendo en funcionamiento en los próximos años. Cada una trata un tema diferente: potencia máxima de las motocicletas a comercializar, obligatoriedad del ABS y normativas para minimizar aspectos contaminantes, ya que en el futuro todas las motos que se comercialicen en Europa deberán cumplir las normativas Euro 4 y Euro 5.
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Las nuevas leyes entrarán en vigor a partir del 1 de enero del 2016, para dar tiempo suficiente a las marcas para adaptarse o modificar sus productos.
Esperemos que sean normativas que potencien una mayor seguridad.
Todas las motos que se comercialicen en la Unión Europea de 125cc o más, deberán llevar obligatoriamente instalado un sistema ABS.
Para las de menos de 125cc, la frenada deberá ser combinada, es decir, aplicando presión en uno de los frenos deberán actuar los de los dos ejes. Esta frenada combinada normalmente funciona de la siguiente forma: si aplicamos presión en la maneta delantera, parte de la frenada se dirige a la rueda trasera. Si por el contrario frenamos con el trasero, ocurre exactamente lo mismo pero en este caso, actuando algo de fuerza sobre el freno delantero. En algunos casos la frenada combinada no actúa en los dos sentidos sino en sólo uno. En la reunión del Parlamento Europeo que tendrá lugar en el 2019, se decidirá si las motocicletas de menos de 125cc deberán llevar también ABS o no.
Desaparece la limitación de 100 CV en algunos países europeos y a partir del 2016 en toda la Unión Europea se podrá vender y circular en motocicletas de más de 100 CV de potencia.
A partir del 1 de enero del 2016, todas las motos que se vendan en Europa deberán cumplir la normativa anticontaminación Euro 4 y a partir del 1 de enero del 2020, deberán hacer lo propio pero con la Euro 5.
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