Desestimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por Angela Vilariño sobre el asunto de los neumáticos utilizados en el Rallysprint de Ñañarri

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº3 de Vitoria-Gasteiz ha desestimado el recurso presentado por Angela Vilariño Facal contra el Comité Vasco de Justicia Deportiva por la resolución del Comité de Apelación de la Federación Vasca de Automovilismo declarada ajustada a derecho.

La sentencia aclara que ” Vista la actuación de los comisarios no se puede aceptar la afirmación formulada por la recurrente de que los comisarios estimaron que todo estaba correcto, pues del propio expediente se infiere claramente lo contrario, hasta el punto de que la imposibilidad de certificar la conformidad de los neumáticos en el momento de las verificaciones llevó a los comisarios a actuar de forma prudente, de forma que Angela Vilariño Facal participó en la prueba de la que luego resultó, en fecha 27/6/2011, descalificada al comprobarse que los neumáticos no eran conformes al art. 22.2 del Reglamento Deportivo del Campeonato Vasco de Rallyes de Asfalto.”

También refleja la sentencia que “en atención a las medidas señaladas y acudiendo a la página web oficial del fabricante Avon Tyres Motorsport, tenemos que los neumáticos utilizados el día de la prueba no eran conformes a la normativa FIA y demás reglamentos, pues el neumático radial de 18 pulgadas que fabricaba esta marca era slick”.

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