El Comité Nacional de Competición sanciona a @CWNavarra B por alineación indebida y podría descender

En Madrid, a 4 de mayo de dos mil diecisiete, se reúne el Comité Nacional de Competición (CNC) de la Real Federación Española de
Natación (RFEN), para conocer y resolver sobre la alineación del jugador del CD WP Navarra, Sr. D. Vicens Sousa Tito, en el partido de la Liga
Nacional de Waterpolo de Segunda División de la temporada 2016/17, C.D. Waterpolo Navarra – C.N. Cuatro Caminos, jornada 21, celebrado el
pasado 8 de abril de 2017, en Pamplona.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero: Con fecha 25 de abril de 20174, el CN Cuatro Caminos interpone denuncia ante este Comité, exponiendo lo siguiente:
“El C.D. Waterpolo Navarra ha incurrido en la alineación indebida del jugador Vicens Sousa Tito con número de licencia ***7726 , en el partido C.D. Waterpolo Navarra – C.N. Cuatro Caminos de la jornada 21, de la Liga Nacional de Waterpolo de Segunda División de la temporada 2016/17, celebrado el 8 de Abril de 2017 en Pamplona. Dicho jugador se encontraba sancionado según el acta número 56 de fecha 28/02/2017 expedida por el Comité Nacional de Competición de la R.F.E.N”.

Continúa señalando que: “Vicens Sousa Tito, fue sancionado el 28/02/2017 con cuatro partidos que debía haber cumplido en los encuentros correspondientes a la
Jornada 17 del 4/3/2017 contra CN Helios, a la Jornada 18 del 19/03/2017 contra el CW Marbella, a la Jornada 19 del 25/03/2017 contra el C.W. Elche y a la Jornada 21
del 8/4/2017 contra el C.N. Cuatro Caminos.

(………..)

SANCIONAR al CD WP Navarra con la pérdida por 5 a 0, del partido de la Liga Nacional de Waterpolo de Segunda División de la temporada 2016/17, C.D. Waterpolo Navarra – C.N. Cuatro Caminos, jornada 21, celebrado el pasado 8 de abril de 2017, en Pamplona, por el quebrantamiento de la sanción impuesta por este Comité al waterpolista de su club, Sr. D. Vicens Sousa Tito, que le impedía participar en ese partido, lo cual supone una infracción muy grave, tipificada en el artículo 9,I,f del Libro IX, Del Régimen Disciplinario de la RFEN: f) Pérdida del partido por 5 a 0, descenso de categoría o división, pérdida de puestos en la clasificación.

Así mismo, SANCIONAR al CD WP Navarra con un MULTA de 601,00 €, de conformidad con el artículo 9,II,c del Libro IX, Del Régimen Disciplinario de la RFEN: “ Multa de 601,00 € a 6.000,00 €”, al haber sido rebajada la sanción económica de muy grave a grave, al entender que no ha habido dolo, pero sí culpa, en la participación del jugador del CD WP Navarra en el partido de referencia” En cuanto sea firme esta resolución, la RFEN debe modificar la clasificación de la Segunda División de la Liga Nacional de Waterpolo temporada 2016/2017 y actuar de conformidad a su parte dispositiva. Notifíquese a los dos clubes interesados, a todos los clubes
participantes en la Segunda División de la Liga Nacional de waterpolo y al Área de Waterpolo de la RFEN”.

Contra la presente resolución, podrá interponer el correspondiente recurso de apelación, ante el Comité de Apelación de la RFEN, en el plazo  de diez días, a contar desde el día siguiente a aquel en que reciba la notificación de la presente Resolución, de conformidad con el artículo 17.3 del Libro IX, Del Régimen Disciplinario de la RFEN, sin perjuicio de que podrá interponer cualquier otro que estime pertinente. Juez Único del Comité Nacional de Competición RFEN

CLASIFICACIÓN ACTUAL

Con la pérdida del partido CD Waterpolo Navarra tendría 19 puntos y CN Cuatro Caminos 22, salvando la categoría

 

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1 Comment on El Comité Nacional de Competición sanciona a @CWNavarra B por alineación indebida y podría descender

  1. Vaya vaya. Que descuido. Estoy seguro que el 4C y los demas equipos que han recurrido tampoco tiene nada contra ela WP Navarra y mucho menos contra sus jugadores. Simplemente defienden sus derechos.
    Nada señor Munarriz, es lo que sucede cuando se cometen irregularidades.

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