Condenado a 2 años por maltratar a su mujer, a la que creÃa un ser inferior
Un ciudadano marroquà residente en Eibar ha sido condenado a dos años de prisión por maltratar fÃsica y psicológicamente a su mujer, con la que estuvo casado 15 años y a la que consideraba “un objeto” o “un ser inferior que debÃa aprender”.
Según la sentencia del caso, los hechos sucedieron en un domicilio de la localidad armera en el que el matrimonio convivÃa junto a sus tres hijas, donde el hombre ejercÃa “violencia fÃsica y psÃquica habitual sobre su mujer” a quien sometÃa a “una instrumentalización tanto fÃsica como psicológica” mediante “actitudes misóginas y posesivas”.
La resolución judicial precisa que el acusado “vejaba continuamente” a su esposa en presencia de sus tres hijas mediante insultos y desprecios relativos a su “silueta”, al tiempo que se mofaba de un defecto fÃsico que la mujer padece.
El escrito detalla un episodio concreto ocurrido en agosto de 2012, cuando el procesado pegó en las piernas a su vÃctima porque “se negó a tener relaciones Ãntimas” con él, tras lo que rompió el camisón de la mujer y le golpeó la cabeza contra el cabezal de la cama.
Tras esta agresión, la perjudicada no acudió a ningún centro médico para recibir ayuda sanitaria, ya que “temió la reacción de su esposo”.
La sentencia aclara que “como consecuencia de la situación” de maltrato sufrida, la mujer “presenta un cuadro de estrés postraumático y depresión en remisión”, si bien aún mantiene activa “una fuerte ansiedad” vinculada “al miedo a posibles acciones violentas del imputado”, lo que le lleva a mantener un estado de “hipervigilancia y alteración emocional y de conducta”.
Durante el juicio por estos hechos, el hombre reconoció lo sucedido y se mostró conforme con la pena solicitada por la FiscalÃa, por lo que ahora ha sido condenado a dos años de cárcel y a 28 dÃas de localización permanente como responsable de un delito de maltrato habitual, una falta de vejaciones, otra de lesiones y una falta continuada de injurias.
El texto impide además al acusado acercarse a su vÃctima o comunicarse con ella durante cinco años y le obliga a indemnizarle con 4.000 euros más los correspondientes intereses legales.