Hace unos días me llegó esta información. “Las empresas ferroviarias que operan en España tendrán la obligación de prestar “asistencia a las personas con discapacidad y las personas de movilidad reducida”, según establece la nueva Ley del Sector Ferroviario, publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Esto significa que las empresas ferroviarias deberán habilitar y disponer de servicios de atención y acompañamiento a viajeros con discapacidad para que puedan hacer uso del ferrocarril en condiciones de normalidad, seguridad y comodidad.
Además de esta obligación legal, la nueva norma declara también como fines del sistema ferroviario español “proteger los intereses de los usuarios, con atención especial a las personas con discapacidad o de movilidad reducida, garantizando sus derechos al acceso a los servicios de transporte ferroviario de viajeros en adecuadas condiciones de calidad y seguridad”.
Finalmente, con relación a las personas con discapacidad, la Ley del Sector Ferroviario tipifica como infracción administrativa grave el incumplimiento de la normativa sobre accesibilidad a los vehículos ferroviarios por parte de las personas con discapacidad.
Todas esta previsiones en materia de discapacidad y accesibilidad son resultado de las propuestas planteadas por el CERMI a lo largo de la tramitación de la iniciativa legislativa en sus fases de anteproyecto y proyecto de ley.”
¡¡¡A ver si mejora el servicio!!!
Mentxu
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